El Gobierno implementó un sistema destinado a los contribuyentes del régimen simplificado para facilitar el acceso a la cobertura
Através de la Superintendencia de Servicios de Salud, el Gobierno nacional ha actualizado el registro de obras sociales para los monotributistas. Con esta medida, los contribuyentes del régimen simplificado tendrán la posibilidad de realizar sus aportes de manera más ágil.
Fue a través del Decreto 955/2024 que el Poder Ejecutivo actualizó el sistema para acceder a las coberturas médicas, permitiendo que los titulares que facturan a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP, actualmente extinta) acceder a de modo más flexible a los trámites relacionados con su prepaga. Además, se establecieron nuevos requisitos en cuanto a la antigüedad. La idea del Gobierno es que se brinde una atención «adecuada y oportuna»
Cómo funciona el nuevo registro para monotributistas
El Gobierno nacional estableció el Registro de Agentes del Seguro de Salud para la Cobertura Médico Asistencial de Pequeños Contribuyentes, permitiendo a cada uno de ellos seleccionar la obra social a la que desea afiliarse y luego dirigir sus aportes a su prepaga.
Pero hay 3 novedades que se deben conocer respecto del nuevo registro de obras sociales. La primera es la antigüedad: para tener la chance de cambiar de una prestadora de servicios a otra de su elección es necesario haber permanecido como monotributista durante al menos un año.
En segundo término, la normativa introduce un acceso progresivo a los beneficios de salud a través del Programa Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE). Con esta iniciativa, los monotributistas y sus familias podrán disfrutar de niveles de cobertura más elevados después de seis meses de afiliación.
Se llevará a cabo a través de servicios que serán subsidiados mediante el Sistema Único de Reintegro por Gestión de Enfermedades (SURGE) para asegurar una atención médica integral y más accesible, en particular en casos de que existan enfermedades crónicas o de alto costo.
También permitido por Superintendencia de Servicios de Salud, en adelante los titulares del régimen simplificado podrán seleccionar su propia cobertura, al tiempo que supervisará que las obras sociales que ofrecen el servicio «no estén en situación de crisis» y cumplan con los estándares de calidad y transparencia.
Cuáles son los requisitos
Los pequeños contribuyentes que estén inscriptos en el monotributo podrán seleccionar a su agente de salud, siempre que esté registrado en el nuevo listado de obras sociales. No obstante, deberán permanecer con el agente elegido durante un mínimo de un año antes de poder realizar un cambio. Esta modificación se hará efectiva al mes siguiente de presentar la solicitud.